Como parte del proceso del seguimiento de la demanda de Ilegalidad de Decreteo 176 del 30 de diciembre de 2024 Se ha publicado la respuesta del MEF y la opinión de la Procuradora de la Administración.
La Junta Técnica de Contabilidad (JTC), en su compromiso con la transparencia y el ejercicio ético de la profesión contable, realiza el siguiente comunicado a la ciudadanía y al gremio contable sobre su postura ante la reglamentación de la Ley 280-2021, emitida a través del Decreto Ejecutivo 176-2024.
El GREMIO DE CONTADORES PÚBLICOS AUTORIZADOS de Panamá, conformado por las cinco organizaciones: la Asociación de Contadores Públicos Autorizados de Panamá, la Asociación de Mujeres Contadoras Públicas Autorizadas de Panamá, el Colegio Contadores Públicos Autorizados de Panamá, el Movimiento de Contadores Públicos Independientes y la Asociación de Contadores y Auditores, conjuntamente con el Instituto Panameño de Tributaristas, expresamos nuestro total rechazo al Decreto Ejecutivo No. 176 de 30 de diciembre de 2024 emitido por el Ministerio de Economía y Finanzas:
El Colegio Contadores Públicos Autorizados de Panamá quiere expresar su total rechazo al decreto ejecutivo No. 176 de 30 de diciembre de 2024 emitido por Ministerio de Economía y Finanzas. Según la Ley 280, los actos propios de la profesión de CPA son claros y están debidamente delimitados, por lo que cualquier disposición que elimine, o reduzca la obligatoriedad de contar con un CPA es jurídicamente inválida. A continuación nuestro elementos de rechazo:
El Colegio de Contadores Públicos Autorizados de Panamá (el “Colegio”) se complace en confirmar que Panamá ha cumplido con su objetivo de financiamiento jurisdiccional para la Fundación IFRS, responsable de las normas de información financiera para los mercados de capitales a nivel global.
El GREMIO DE CONTADORES PÚBLICOS AUTORIZADOS DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ y el INSTITUTO PANAMEÑO DE TRIBUTARISTAS emite COMUNICADO expresando su posición técnica y conclusión sobre la materia, en Fallo del Tribunal Administrativo Tributario (TAT) sobre la resolución TAT-RD-011.